jueves, 9 de febrero de 2017

Artículo 18 del Reglamento de Evaluación de los PNF

Artículo 18 del Reglamento de Evaluación de los PNF

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Se considera aprobada la unidad curricular cuando el estudiante haya cumplido, al menos, las siguientes condiciones:
  1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
  2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular. 
     

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